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Internacional
martes, 28 de julio de 2026

¿Cómo actúa el seguro en caso de incendio? El papel de las aseguradoras ante las catástrofes

El Consorcio de Compensación de Seguros no contempla el fuego entre su perímetro de protección, solamente aquellos daños materiales o personales relacionados con las labores de extinción.

Redacción⏱️ 5 min💬 0 comentarios

DIRECTO Sigue la última hora de los incendios en España oriente medioTrump ordena detener los bombardeos contra Irán para negociar un acuerdo ¿Cómo actúa el seguro en caso de incendio? El papel de las aseguradoras ante las catástrofesPaisaje quemado en el Parque Natural del Valle de Iruelas arrasado por el incendio de Burgohondo (Ávila).EFEEscucha este artículoEmpresasNoticia Basado en hechos observados y verificados directamente por nuestros periodistas o por fuentes informadas. 28 jul 2026 - 05:00Carmen MuñozWhatsAppTwitterFacebookLinkedinTelegramBeloudCopiar URLEl Consorcio de Compensación de Seguros no contempla el fuego entre su perímetro de protección, solamente aquellos daños materiales o personales relacionados con las labores de extinción. Los vecinos del Valle del Tiétar se manifiestan para denunciar el "abandono" durante los incendios y exigir más mediosLos incendios forestales que asolan parte de España afrontan unas horas cruciales con la climatología adversa como uno de los principales obstáculos.

La situación deja más de 175.000 personas y unos 65 municipios afectados, con la Comunidad de Madrid y la provincia de Ávila entre las regiones más críticas, aunque el fuego también se extiende a zonas de Guadalajara, Toledo o Castellón. A las decenas de miles de perjudicados se suman multitud de campos de cultivo arrasados y explotaciones siniestradas. Unespa ha elaborado una guía para aclarar todas las dudas que puedan surgir en estos supuestos.

La patronal del seguro parte desde la aclaración de que los incendios no se encuentran bajo el paraguas de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), lo que significa que son las aseguradoras las encargadas de asumir los costes derivados del mismo. ¿Quién cubre los daños causados por los incendios?Los daños causados por los incendios forestales son cubiertos exclusivamente por las aseguradoras privadas para aquellos que tengan contratada una póliza que cubra ese riesgo, dado que los incendios no son eventos que se encuentren bajo el paraguas del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Este organismo, que se nutre con el coste que abona el tomador de un seguro cuando lo contrata, va dirigido a los daños provocados por inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tornados y vientos extraordinarios, pero no así ante el fuego.

Solamente se contempla como excepción aquellos daños materiales o personales si han colaborado en las labores de extinción del mismo.¿Un incendio está cubierto por el seguro?Los seguros de multirriesgos (vivienda, comunidad de propietarios, comercio e industrias) contemplan coberturas frente a incendio y los derivados por el humo, pero también contempla los gastos producidos por la extinción del fuego y las tareas posteriores. Esto abarca desde la retirada de enseres, el desescombro o la reposición de documentos públicos que se hayan destruido como escrituras, DNI, etc. ¿Cuál es el importe de las indemnizaciones?Las compañías indemnizan por los daños producidos, pero los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato.

Se trata del denominado capital asegurado, que comprende la cuantía máxima que pagará la aseguradora por los daños que se han producido en un bien. En un edificio con varios inmuebles, hay que diferenciar el capital asegurado de la póliza de la comunidad de propietarios, por un lado; y el que figura en cada uno de los seguros de hogar o comercio de los propietarios de la comunidad, por otro.El Gobierno ultima una prestación para los trabajadores afectados por los incendios¿Qué seguros intervienen?Hay varios tipos. Destacan el seguro de hogar, enfocado en cubrir el continente del inmueble (paredes, puertas, ventanas...) y del contenido (muebles, electrodomésticos y enseres que hubiera dentro); póliza de comercio: para el continente del local (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (muebles, mercancías…); seguro de la comunidad de propietarios para daños en su construcción (paredes, forjados, estructura…) y zonas comunes (portal, escaleras, ascensores, cuartos de instalaciones, jardines, piscina…); seguro de industrias: cubre los daños del continente del inmueble: (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (máquinas, existencias…): seguro de automóvil: solo los vehículos con seguro a todo riesgo tienen cobertura frente a incendios.Para las explotaciones ganaderas existe el seguro agrario; la póliza de vida y accidentes por si fallece algún familiar y el seguro de responsabilidad civil, en cuyo caso la policía judicial determinará a través de su investigación si existe algún tipo de responsabilidad relacionada con el inicio y propagación del incendio que pueda dar lugar a que intervenga algún seguro de responsabilidad civil adicional.¿Está cubierta la paralización de la actividad empresarial?Los seguros de comercio o industrias pueden incluir la pérdida de beneficios derivados del cese de la actividad causada por un incendio.

No obstante, de cara a la activación de la cobertura de perdida de beneficios es necesaria la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza. En este caso, el incendio. Por lo tanto, la decisión de la autoridad de confinar o desalojar que produzca una paralización de una actividad no estaría cubierta si no existe un daño material directo cubierto por el seguro en cuestión, salvo que exista una cobertura específica para ello.¿Qué pasa con las cosechas y explotaciones ganaderas?Los daños provocados por el riesgo de incendio en las producciones agrícolas y ganaderas están cubiertos por el seguro agrario (Agroseguro) con independencia dle origen.

Todos los productores asegurados tienen protección frente a este riesgo dentro de la garantía básica de cualquier póliza, tanto por daños en la producción como a la plantación (en el caso de daños en el arbolado, viñas…). Asimismo, ofrece cobertura de los daños que hayan podido sufrir las cabañas ganaderas a causa del fuego. En el caso concreto del cereal, esta protección también se extiende a la producción que se haya podido ver afectada por la creación de cortafuegos preventivos que hayan resultado necesarios.

El productor asegurado cobraría la indemnización correspondiente y en caso de que se determine que el incendio ha sido provocado se realizarían los trámites pertinentes para que las aseguradoras pudieran recuperar esa indemnización.Tengo un inmueble alquilado y he perdido la rentaLos propietarios que destinaban su vivienda, local o nave industrial a alquiler y lo tenían así especificado en su contrato de seguro, tendrían derecho a recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato. Me he quedado sin casa, ¿dónde me voy a vivir?En este supuesto, se debe comprobar si el seguro incluye la cobertura de inhabitabilidad. En caso de ser así, la aseguradora debe proporcionar a los propietarios ayuda para buscar un alojamiento temporal, normalmente, un par de días.

Dicho alcance dependerá de las condiciones contratadas, por lo que es importante conservar los recibos de los gastos en los que se incurra para poder acreditarlos.Conforme a los criterios de¿Por qué confiar en nosotros?Más información sobre:SegurosEspañaCarmen MuñozRedactora Banca y SegurosCarmen Muñoz es redactora de Banca y Seguros en La Información Económica de 20minutos desde 2021. Especializada en sector bancario, aseguradoras, bolsa y finanzas, cubre la actualidad económica y financiera con especial atención a los principales movimientos empresariales y regulatorios del mercado español.CarmenMuozPuent en XCarmen Muñoz en Linkedin Mostrar comentarios Comentarios ¿Cómo actúa el seguro en caso de incendio? El papel de las aseguradoras ante las catástrofesPaisaje quemado en el Parque Natural del Valle de Iruelas arrasado por el incendio de Burgohondo (Ávila).EFEEscucha este artículoEmpresasNoticia Basado en hechos observados y verificados directamente por nuestros periodistas o por fuentes informadas. 28 jul 2026 - 05:00Carmen MuñozWhatsAppTwitterFacebookLinkedinTelegramBeloudCopiar URLEl Consorcio de Compensación de Seguros no contempla el fuego entre su perímetro de protección, solamente aquellos daños materiales o personales relacionados con las labores de extinción.

Los vecinos del Valle del Tiétar se manifiestan para denunciar el "abandono" durante los incendios y exigir más mediosLos incendios forestales que asolan parte de España afrontan unas horas cruciales con la climatología adversa como uno de los principales obstáculos. La situación deja más de 175.000 personas y unos 65 municipios afectados, con la Comunidad de Madrid y la provincia de Ávila entre las regiones más críticas, aunque el fuego también se extiende a zonas de Guadalajara, Toledo o Castellón. A las decenas de miles de perjudicados se suman multitud de campos de cultivo arrasados y explotaciones siniestradas.

Unespa ha elaborado una guía para aclarar todas las dudas que puedan surgir en estos supuestos. La patronal del seguro parte desde la aclaración de que los incendios no se encuentran bajo el paraguas de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), lo que significa que son las aseguradoras las encargadas de asumir los costes derivados del mismo. ¿Quién cubre los daños causados por los incendios?Los daños causados por los incendios forestales son cubiertos exclusivamente por las aseguradoras privadas para aquellos que tengan contratada una póliza que cubra ese riesgo, dado que los incendios no son eventos que se encuentren bajo el paraguas del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Este organismo, que se nutre con el coste que abona el tomador de un seguro cuando lo contrata, va dirigido a los daños provocados por inundaciones extraordinarias, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tornados y vientos extraordinarios, pero no así ante el fuego. Solamente se contempla como excepción aquellos daños materiales o personales si han colaborado en las labores de extinción del mismo.¿Un incendio está cubierto por el seguro?Los seguros de multirriesgos (vivienda, comunidad de propietarios, comercio e industrias) contemplan coberturas frente a incendio y los derivados por el humo, pero también contempla los gastos producidos por la extinción del fuego y las tareas posteriores. Esto abarca desde la retirada de enseres, el desescombro o la reposición de documentos públicos que se hayan destruido como escrituras, DNI, etc.

¿Cuál es el importe de las indemnizaciones?Las compañías indemnizan por los daños producidos, pero los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato. Se trata del denominado capital asegurado, que comprende la cuantía máxima que pagará la aseguradora por los daños que se han producido en un bien. En un edificio con varios inmuebles, hay que diferenciar el capital asegurado de la póliza de la comunidad de propietarios, por un lado; y el que figura en cada uno de los seguros de hogar o comercio de los propietarios de la comunidad, por otro.El Gobierno ultima una prestación para los trabajadores afectados por los incendios¿Qué seguros intervienen?Hay varios tipos.

Destacan el seguro de hogar, enfocado en cubrir el continente del inmueble (paredes, puertas, ventanas...) y del contenido (muebles, electrodomésticos y enseres que hubiera dentro); póliza de comercio: para el continente del local (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (muebles, mercancías…); seguro de la comunidad de propietarios para daños en su construcción (paredes, forjados, estructura…) y zonas comunes (portal, escaleras, ascensores, cuartos de instalaciones, jardines, piscina…); seguro de industrias: cubre los daños del continente del inmueble: (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (máquinas, existencias…): seguro de automóvil: solo los vehículos con seguro a todo riesgo tienen cobertura frente a incendios.Para las explotaciones ganaderas existe el seguro agrario; la póliza de vida y accidentes por si fallece algún familiar y el seguro de responsabilidad civil, en cuyo caso la policía judicial determinará a través de su investigación si existe algún tipo de responsabilidad relacionada con el inicio y propagación del incendio que pueda dar lugar a que intervenga algún seguro de responsabilidad civil adicional.¿Está cubierta la paralización de la actividad empresarial?Los seguros de comercio o industrias pueden incluir la pérdida de beneficios derivados del cese de la actividad causada por un incendio. No obstante, de cara a la activación de la cobertura de perdida de beneficios es necesaria la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza. En este caso, el incendio.

Por lo tanto, la decisión de la autoridad de confinar o desalojar que produzca una paralización de una actividad no estaría cubierta si no existe un daño material directo cubierto por el seguro en cuestión, salvo que exista una cobertura específica para ello.¿Qué pasa con las cosechas y explotaciones ganaderas?Los daños provocados por el riesgo de incendio en las producciones agrícolas y ganaderas están cubiertos por el seguro agrario (Agroseguro) con independencia dle origen. Todos los productores asegurados tienen protección frente a este riesgo dentro de la garantía básica de cualquier póliza, tanto por daños en la producción como a la plantación (en el caso de daños en el arbolado, viñas…). Asimismo, ofrece cobertura de los daños que hayan podido sufrir las cabañas ganaderas a causa del fuego.

En el caso concreto del cereal, esta protección también se extiende a la producción que se haya podido ver afectada por la creación de cortafuegos preventivos que hayan resultado necesarios. El productor asegurado cobraría la indemnización correspondiente y en caso de que se determine que el incendio ha sido provocado se realizarían los trámites pertinentes para que las aseguradoras pudieran recuperar esa indemnización.Tengo un inmueble alquilado y he perdido la rentaLos propietarios que destinaban su vivienda, local o nave industrial a alquiler y lo tenían así especificado en su contrato de seguro, tendrían derecho a recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato. Me he quedado sin casa, ¿dónde me voy a vivir?En este supuesto, se debe comprobar si el seguro incluye la cobertura de inhabitabilidad.

En caso de ser así, la aseguradora debe proporcionar a los propietarios ayuda para buscar un alojamiento temporal, normalmente, un par de días. Dicho alcance dependerá de las condiciones contratadas, por lo que es importante conservar los recibos de los gastos en los que se incurra para poder acreditarlos.Conforme a los criterios de¿Por qué confiar en nosotros?

Publicado por Redacción · martes, 28 de julio de 2026

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