El Supremo rechaza la suspensión urgente de plazos judiciales por los incendios
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado las medidas cautelares urgentes que le había pedido el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) como consecuencia de los incen
El Supremo rechaza la suspensión urgente de plazos judiciales por los incendios Desestima las medidas cautelarísimas reclamadas por el Colegio de la Abogacía de Madrid y avala la decisión del CGPJ de mantener la actividad ordinaria en los juzgados Regala esta noticia Añádenos en Google VIsta nocturna del incendio en San Martín de Valdeiglesias. (Ep) Nati Villanueva Madrid 29/07/2026 a las 13:22h. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado las medidas cautelares urgentes que le había pedido el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) como consecuencia de los incendios. El ICAM habíarecurrido el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General ... del Poder Judicial (CGPJ) que negó la paralización generalizada de los plazos y señalamientos en los partidos judiciales afectados por los graves incendios en Madrid, Toledo, Ávila y Castellón.
El CGPJ rechazó la solicitud de medidas extraordinarias que le hicieron tanto el Consejo General de la Abogacía como el ICAM apoyándose en los informes de los tribunales superiores de justicia que confirmaban que todas las sedes judiciales permanecían abiertas y operativas. La Comisión Permanente abogó por afrontar los inconvenientes de manera individualizada, aplicando los mecanismos que ya prevén la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial. El ICAM argumentaba que la solución «caso por caso» del CGPJ ponía en riesgo la seguridad jurídica, al exponer a los profesionales a respuestas divergentes de distintos juzgados, obviando además las enormes dificultades de movilidad y el acceso a los despachos, y decidió recurrir al Supremo pidiendo medidas cautelarísimas, un mecanismo excepcional que se adopta sin escuchar a la parte contraria ante situaciones de urgencia extrema o daños irreparables.
En un auto del que ha sido ponente el magistrado Luis María Díez-Picazo, la Sala concluye que no concurren los requisitos para esta paralización urgente y que suspender el acuerdo del CGPJ no tendría el efecto deseado, ya que los plazos y señalamientos seguirían vigentes de todos modos. Además, los magistrados señalan que la situación de los incendios está en «constante evolución» territorial y que es el CGPJ quien se encuentra en la mejor posición para monitorizar y valorar en cada momento la respuesta institucional adecuada. El Supremo advierte de que el ICAM ha realizado una «descripción genérica de la catástrofe», sin aportar datos concretos sobre la afección real en cada partido judicial.
No obstante recuerda al CGPJ que si en los próximos días la crisis exigiera finalmente una suspensión generalizada de plazos, siempre podría dotar a esa decisión de «eficacia retroactiva» para salvaguardar los derechos de los afectados. A ello se suma, recuerdan, que quedan dos días para agosto, mes inhábil en tribunales, lo que significa que durante este tiempo se paralizarán de manera natural los plazos. comentarios Reportar un error El Supremo rechaza la suspensión urgente de plazos judiciales por los incendios Desestima las medidas cautelarísimas reclamadas por el Colegio de la Abogacía de Madrid y avala la decisión del CGPJ de mantener la actividad ordinaria en los juzgados Regala esta noticia Añádenos en Google VIsta nocturna del incendio en San Martín de Valdeiglesias. (Ep) Nati Villanueva Madrid 29/07/2026 a las 13:22h. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado las medidas cautelares urgentes que le había pedido el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) como consecuencia de los incendios.
El ICAM habíarecurrido el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General ... del Poder Judicial (CGPJ) que negó la paralización generalizada de los plazos y señalamientos en los partidos judiciales afectados por los graves incendios en Madrid, Toledo, Ávila y Castellón. El CGPJ rechazó la solicitud de medidas extraordinarias que le hicieron tanto el Consejo General de la Abogacía como el ICAM apoyándose en los informes de los tribunales superiores de justicia que confirmaban que todas las sedes judiciales permanecían abiertas y operativas. La Comisión Permanente abogó por afrontar los inconvenientes de manera individualizada, aplicando los mecanismos que ya prevén la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El ICAM argumentaba que la solución «caso por caso» del CGPJ ponía en riesgo la seguridad jurídica, al exponer a los profesionales a respuestas divergentes de distintos juzgados, obviando además las enormes dificultades de movilidad y el acceso a los despachos, y decidió recurrir al Supremo pidiendo medidas cautelarísimas, un mecanismo excepcional que se adopta sin escuchar a la parte contraria ante situaciones de urgencia extrema o daños irreparables. En un auto del que ha sido ponente el magistrado Luis María Díez-Picazo, la Sala concluye que no concurren los requisitos para esta paralización urgente y que suspender el acuerdo del CGPJ no tendría el efecto deseado, ya que los plazos y señalamientos seguirían vigentes de todos modos. Además, los magistrados señalan que la situación de los incendios está en «constante evolución» territorial y que es el CGPJ quien se encuentra en la mejor posición para monitorizar y valorar en cada momento la respuesta institucional adecuada.
El Supremo advierte de que el ICAM ha realizado una «descripción genérica de la catástrofe», sin aportar datos concretos sobre la afección real en cada partido judicial. No obstante recuerda al CGPJ que si en los próximos días la crisis exigiera finalmente una suspensión generalizada de plazos, siempre podría dotar a esa decisión de «eficacia retroactiva» para salvaguardar los derechos de los afectados. A ello se suma, recuerdan, que quedan dos días para agosto, mes inhábil en tribunales, lo que significa que durante este tiempo se paralizarán de manera natural los plazos. comentarios Reportar un error Este reloj parece antiguo y no depende de pilas: el Pagani automático ideal para muñecas finas Teresa Rodríguez García La madre de una de las menores agresoras de Moguer (Huelva): «Mi hija se tomó la justicia por su mano.
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