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Internacional
lunes, 3 de agosto de 2026

Azvi insiste en querellarse contra Aldama por calumnias: «No pueden ser perdonadas porque se necesite que Leire o Julito sigan el mismo camino»

Azvi ha interpuesto un recurso de súplica ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la decisión del Alto Tribunal de impedir a la constructora andaluza querellarse contra Víctor de Aldama por i

Redacción⏱️ 5 min💬 0 comentarios

Azvi insiste en querellarse contra Aldama por calumnias: «No pueden ser perdonadas porque se necesite que Leire o Julito sigan el mismo camino» La constructora andaluza recurre la decisión del Tribunal Supremo de no permitirle actuar contra el comisionista por sus declaraciones en el juicio por el caso 'Mascarillas' Regala esta noticia Añádenos en Google Víctor de Aldama, durante su declaración en el caso 'Mascarillas'. (ABC) Jesús Díaz 03/08/2026 a las 13:08h. Azvi ha interpuesto un recurso de súplica ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la decisión del Alto Tribunal de impedir a la constructora andaluza querellarse contra Víctor de Aldama por injurias y calumnias tras las declaraciones vertidas por el comisionista en ... el juicio contra él, el exministro José Luis Ábalos y su asesor Koldo García por el caso 'Mascarillas'.

En dicho recurso, la empresa advierte que las palabras de Aldama «no pueden ser perdonadas porque necesitemos que Leire o Julito sigan el mismo camino sin miedo a ser posteriormente querellados», en referencia a la colaboración del comisionista con la Justicia y la que se podía esperar de la 'fontanera' del PSOE o el amigo del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, en el caso Plus Ultra. La compañía, en el recurso al que ha tenido acceso este periódico, considera que esta resolución la sitúa en una posición de «grave indefensión» al impedirle acudir a los tribunales para defender su honor y reputación frente a unas acusaciones de corrupción que considera rotundamente falsas. El Supremo considera que dichas declaraciones «se insertan en el ejercicio de su derecho de defensa» y que en la ponderación entre honor de tercero y defensa, «no puede prevalecer aquel sobre éste».

Según recoge el recurso, la resolución judicial recurrida justifica la negativa afirmando que las manifestaciones realizadas por Víctor de Aldama se produjeron en el ejercicio de su derecho de defensa. Sin embargo, Grupo Azvi sostiene que el Alto Tribunal no explica por qué las acusaciones vertidas contra la empresa y su presidente serían necesarias para dicha defensa ni qué relación guardan con el objeto del procedimiento en el que fueron realizadas. La empresa defiende que «nos encontramos ante una cuestión de enorme trascendencia jurídica y social: si una persona o una empresa pueden quedar completamente desprotegidas cuando son señaladas públicamente por delitos graves por alguien que interviene como investigado en una causa penal».

A juicio de la compañía, aceptar que cualquier acusación queda automáticamente amparada por el derecho de defensa, sin analizar su necesidad, veracidad o conexión con el proceso en que tales acusaciones se producen, supone vaciar de contenido las garantías previstas por la ley para proteger el honor de los ciudadanos. El recurso recuerda que las afirmaciones realizadas por Víctor de Aldama atribuyen a Grupo Azvi y a su presidente «supuestos pagos irregulares relacionados con adjudicaciones públicas». Sin embargo, además de acreditar la falsedad de tales afirmaciones, la empresa destaca que «ni ella ni sus directivos han sido investigados por esos hechos, que ninguna acusación las ha incorporado a la causa y que la propia sentencia del procedimiento no contiene referencia alguna a dichas imputaciones».

Indefensión Para Grupo Azvi, resulta especialmente «preocupante» que unas acusaciones de «semejante gravedad« hayan alcanzado una enorme difusión pública sin que exista un cauce efectivo para que los afectados puedan defenderse judicialmente. Newsletter La empresa que dirige Manuel Contreras sostiene que la negativa del Supremo a conceder la licencia para querellarse contra el comisionista condenado supone, en la práctica, impedir incluso que un juez analice si las manifestaciones de Víctor de Aldama constituyen o no un delito de calumnias o injurias, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva que consagra la Constitución. La compañía recuerda además que su actividad empresarial se fundamenta en la confianza de administraciones, clientes, proveedores y socios, y que cualquier sospecha de corrupción tiene un impacto directo sobre su reputación, su capacidad de contratación y su imagen pública.

Precisamente por ello, considera imprescindible que pueda abrirse un procedimiento donde se determine si las acusaciones son ciertas o falsas y se dirima sobre la verdad de los hechos. En su escrito, los recurrentes aportan documentación que, según defienden, desmonta la acusación relativa a «un supuesto pago de 18.000 euros vinculado a una adjudicación públic«a. La versión de Grupo Azvi sostiene que esa cantidad correspondía exclusivamente a la participación de Manuel Contreras Caro en un proyecto empresarial promovido por el propio Víctor de Aldama, denominado 'Círculo Trastámara', y que el dinero fue posteriormente reintegrado cuando la iniciativa no salió adelante.

De hecho, el propio Víctor de Aldama tuvo que reconocer en sus redes sociales el pasado mes de enero, meses antes de declarar en el Tribunal Supremo, que el pago citado no correspondía a una comisión ilícita, desdiciéndose de la acusación original tal como fue publicada por medios. La colaboración con la Justicia «no es un salvoconducto» Más allá del caso concreto, la empresa alerta sobre el riesgo de consolidar un precedente según el cual cualquier tercero ajeno a un procedimiento penal pueda ver dañado su nombre sin posibilidad real de defensa.

A juicio de los recurrentes, la colaboración con la Justicia y el derecho de defensa son principios esenciales del Estado de Derecho, pero no pueden convertirse en un salvoconducto para lanzar acusaciones gratuitas y temerarias contra personas o empresas que no forman parte del proceso y que carecen de mecanismos efectivos para defenderse. En este sentido, incluso, esta parte, «dado el contexto político-judicial, y la incapacidad del Estado de acabar con la corrupción de nuestras instituciones, asume el hecho de que a los 'chivatos, 'pentitis' o 'colaboradores' se les premie de acuerdo a la Ley, qué remedio, pero la lucha contra la corrupción estatal no puede descansar en el sacrificio de terceros ajenos». Grupo Azvi afirma respetar plenamente la labor de los tribunales y confía en que el Tribunal Supremo reconsidere su decisión.

El objetivo del recurso no es obtener una condena anticipada contra Víctor de Aldama, sino eliminar el obstáculo procesal que actualmente impide que el órgano judicial competente examine los hechos y determine si las graves acusaciones realizadas contra la compañía y su presidente tienen algún fundamento o si, por el contrario, constituyen una actuación lesiva para su honor. «Lo que está en juego no es únicamente el nombre de una empresa con décadas de trayectoria, sino el derecho de cualquier ciudadano o entidad a defender su reputación cuando es acusado públicamente de conductas delictivas que jamás han sido objeto de investigación ni acreditación judicial», sostiene el recurso presentado por la compañía. Para Grupo Azvi, la denegación de la licencia supone transformar un requisito procesal excepcional en una barrera infranqueable que priva a los perjudicados de acceso a la justicia.

Por ello, la empresa solicita que se revoque la decisión recurrida y se le permita ejercer las acciones legales oportunas para proteger su honor, restaurar su reputación y defenderse frente a unas acusaciones que considera falsas, infundadas y profundamente dañinas. Temas Tribunal Supremo (TS) Leire Díez Víctor de Aldama José Luis Rodríguez Zapatero comentarios Reportar un error Azvi insiste en querellarse contra Aldama por calumnias: «No pueden ser perdonadas porque se necesite que Leire o Julito sigan el mismo camino» La constructora andaluza recurre la decisión del Tribunal Supremo de no permitirle actuar contra el comisionista por sus declaraciones en el juicio por el caso 'Mascarillas' Regala esta noticia Añádenos en Google Víctor de Aldama, durante su declaración en el caso 'Mascarillas'. (ABC) Jesús Díaz 03/08/2026 a las 13:08h.

Azvi ha interpuesto un recurso de súplica ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra la decisión del Alto Tribunal de impedir a la constructora andaluza querellarse contra Víctor de Aldama por injurias y calumnias tras las declaraciones vertidas por el comisionista en ... el juicio contra él, el exministro José Luis Ábalos y su asesor Koldo García por el caso 'Mascarillas'. En dicho recurso, la empresa advierte que las palabras de Aldama «no pueden ser perdonadas porque necesitemos que Leire o Julito sigan el mismo camino sin miedo a ser posteriormente querellados», en referencia a la colaboración del comisionista con la Justicia y la que se podía esperar de la 'fontanera' del PSOE o el amigo del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, en el caso Plus Ultra. La compañía, en el recurso al que ha tenido acceso este periódico, considera que esta resolución la sitúa en una posición de «grave indefensión» al impedirle acudir a los tribunales para defender su honor y reputación frente a unas acusaciones de corrupción que considera rotundamente falsas.

El Supremo considera que dichas declaraciones «se insertan en el ejercicio de su derecho de defensa» y que en la ponderación entre honor de tercero y defensa, «no puede prevalecer aquel sobre éste». Según recoge el recurso, la resolución judicial recurrida justifica la negativa afirmando que las manifestaciones realizadas por Víctor de Aldama se produjeron en el ejercicio de su derecho de defensa. Sin embargo, Grupo Azvi sostiene que el Alto Tribunal no explica por qué las acusaciones vertidas contra la empresa y su presidente serían necesarias para dicha defensa ni qué relación guardan con el objeto del procedimiento en el que fueron realizadas.

La empresa defiende que «nos encontramos ante una cuestión de enorme trascendencia jurídica y social: si una persona o una empresa pueden quedar completamente desprotegidas cuando son señaladas públicamente por delitos graves por alguien que interviene como investigado en una causa penal». A juicio de la compañía, aceptar que cualquier acusación queda automáticamente amparada por el derecho de defensa, sin analizar su necesidad, veracidad o conexión con el proceso en que tales acusaciones se producen, supone vaciar de contenido las garantías previstas por la ley para proteger el honor de los ciudadanos. El recurso recuerda que las afirmaciones realizadas por Víctor de Aldama atribuyen a Grupo Azvi y a su presidente «supuestos pagos irregulares relacionados con adjudicaciones públicas».

Sin embargo, además de acreditar la falsedad de tales afirmaciones, la empresa destaca que «ni ella ni sus directivos han sido investigados por esos hechos, que ninguna acusación las ha incorporado a la causa y que la propia sentencia del procedimiento no contiene referencia alguna a dichas imputaciones». Indefensión Para Grupo Azvi, resulta especialmente «preocupante» que unas acusaciones de «semejante gravedad« hayan alcanzado una enorme difusión pública sin que exista un cauce efectivo para que los afectados puedan defenderse judicialmente. Newsletter La empresa que dirige Manuel Contreras sostiene que la negativa del Supremo a conceder la licencia para querellarse contra el comisionista condenado supone, en la práctica, impedir incluso que un juez analice si las manifestaciones de Víctor de Aldama constituyen o no un delito de calumnias o injurias, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva que consagra la Constitución.

La compañía recuerda además que su actividad empresarial se fundamenta en la confianza de administraciones, clientes, proveedores y socios, y que cualquier sospecha de corrupción tiene un impacto directo sobre su reputación, su capacidad de contratación y su imagen pública. Precisamente por ello, considera imprescindible que pueda abrirse un procedimiento donde se determine si las acusaciones son ciertas o falsas y se dirima sobre la verdad de los hechos. En su escrito, los recurrentes aportan documentación que, según defienden, desmonta la acusación relativa a «un supuesto pago de 18.000 euros vinculado a una adjudicación públic«a.

La versión de Grupo Azvi sostiene que esa cantidad correspondía exclusivamente a la participación de Manuel Contreras Caro en un proyecto empresarial promovido por el propio Víctor de Aldama, denominado 'Círculo Trastámara', y que el dinero fue posteriormente reintegrado cuando la iniciativa no salió adelante. De hecho, el propio Víctor de Aldama tuvo que reconocer en sus redes sociales el pasado mes de enero, meses antes de declarar en el Tribunal Supremo, que el pago citado no correspondía a una comisión ilícita, desdiciéndose de la acusación original tal como fue publicada por medios. La colaboración con la Justicia «no es un salvoconducto»

Más allá del caso concreto, la empresa alerta sobre el riesgo de consolidar un precedente según el cual cualquier tercero ajeno a un procedimiento penal pueda ver dañado su nombre sin posibilidad real de defensa. A juicio de los recurrentes, la colaboración con la Justicia y el derecho de defensa son principios esenciales del Estado de Derecho, pero no pueden convertirse en un salvoconducto para lanzar acusaciones gratuitas y temerarias contra personas o empresas que no forman parte del proceso y que carecen de mecanismos efectivos para defenderse. En este sentido, incluso, esta parte, «dado el contexto político-judicial, y la incapacidad del Estado de acabar con la corrupción de nuestras instituciones, asume el hecho de que a los 'chivatos, 'pentitis' o 'colaboradores' se les premie de acuerdo a la Ley, qué remedio, pero la lucha contra la corrupción estatal no puede descansar en el sacrificio de terceros ajenos».

Grupo Azvi afirma respetar plenamente la labor de los tribunales y confía en que el Tribunal Supremo reconsidere su decisión. El objetivo del recurso no es obtener una condena anticipada contra Víctor de Aldama, sino eliminar el obstáculo procesal que actualmente impide que el órgano judicial competente examine los hechos y determine si las graves acusaciones realizadas contra la compañía y su presidente tienen algún fundamento o si, por el contrario, constituyen una actuación lesiva para su honor. «Lo que está en juego no es únicamente el nombre de una empresa con décadas de trayectoria, sino el derecho de cualquier ciudadano o entidad a defender su reputación cuando es acusado públicamente de conductas delictivas que jamás han sido objeto de investigación ni acreditación judicial», sostiene el recurso presentado por la compañía.

Para Grupo Azvi, la denegación de la licencia supone transformar un requisito procesal excepcional en una barrera infranqueable que priva a los perjudicados de acceso a la justicia. Por ello, la empresa solicita que se revoque la decisión recurrida y se le permita ejercer las acciones legales oportunas para proteger su honor, restaurar su reputación y defenderse frente a unas acusaciones que considera falsas, infundadas y profundamente dañinas. Temas Tribunal Supremo (TS) Leire Díez Víctor de Aldama José Luis Rodríguez Zapatero comentarios Reportar un error Freidora de aire, heladera y ventilador: mis 3 imprescindibles de SharkNinja para el verano Alejandra Santisteban Guiu Gemma, monja de clausura: «Entrar en el convento fue para mis padres un escándalo y un dolor»

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Publicado por Redacción · lunes, 3 de agosto de 2026

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