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Internacional
miércoles, 29 de julio de 2026

Una experta repasa las claves para instalar placas solares: “El mayor ahorro se da cuando consumes lo que generas”

Soledad Montero, experta en energía de la CECU, explica el límite de los excedentes o por qué las placas solares suponen un ahorro pero no un negocio Un experto explica cómo funciona el programa 'eco'

Redacción⏱️ 5 min💬 0 comentarios

Una experta repasa las claves para instalar placas solares: “El mayor ahorro se da cuando consumes lo que generas” Soledad Montero, experta en energía de la CECU, explica el límite de los excedentes o por qué las placas solares suponen un ahorro pero no un negocio — Un experto explica cómo funciona el programa 'eco' de los electrodomésticos: “Se reduce el consumo hasta un 50%” La empresa instaladora debe ofrecer información sobre las condiciones. B. M. / Unsplash Paloma Martínez Varela 29 de julio de 2026 10:10 h 0 La apuesta por la instalación de placas solares en los hogares tiene como objetivo la transición hacia una energía más ecológica y de autoconsumo.

Pero la realidad técnica y administrativa es que acabar con la imposición de la factura eléctrica no es tan sencillo. “Si sigues conectado al suministro eléctrico, pagas por los mismos conceptos”, asegura Soledad Montero, experta en energía de la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU), que aclara que el gasto energético no se elimina por completo. El usuario que cuente con una instalación de placas solares deberá seguir haciendo frente a la potencia contratada y sus peajes, el consumo de energía consumida con sus correspondientes cargos, el margen comercial, el impuesto de electricidad e IVA y el alquiler de contador, si es el caso. “Pero obviamente, si reduces tu consumo, reduces el importe de tu factura. Además, si reduces tu potencia contratada, también”, explica Montero.

Qué ocurre con la energía sobrante Uno de los puntos que más confusión genera es la compensación por la energía que no se consume y se vierte a la red. “El mayor ahorro se produce cuando consumes la energía que generan tus propios paneles”, aclara la experta, es decir, mediante el autoconsumo directo para evitar comprar energía a la comercializadora. “Cuando la energía que no has utilizado se vierte a la red, tienes que hacer un contrato con tu compañía comercializadora. De esta forma, aplicará un descuento en tu factura por esos excedentes, según condiciones del contrato”, explica Montero, que matiza que el valor del descuento “depende de la comercializadora, del tipo de contrato y de las condiciones vigentes”. “El Real Decreto 244/2019 establece que ‘el valor económico de la energía horaria excedentaria en ningún caso podrá ser superior al valor económico de la energía horaria consumida de la red en el periodo de facturación, el cual no podrá ser superior a un mes, es decir, que la compensación por excedentes no está pensada para generar ingresos, sino ahorros”, advierte la experta de la CECU. Una instalación con garantías Antes de la instalación de placas, el consumidor tiene derecho a una transparencia total sobre las condiciones.

La empresa debe informar sobre su identidad legal y facilitar detalles técnicos de las placas, sobre garantía, calidad, rendimiento o potencia, así como el desglose del precio total y los mecanismos de reclamación, destaca la experta en energía. “Las personas usuarias tenemos derecho a tener un asesoramiento adecuado con relación al equipo que necesitamos o el más adecuado según nuestras necesidades”, subraya Montero, que considera este tipo de información “fundamental” para evitar instalaciones sobredimensionadas que encarezcan innecesariamente el proyecto. La recomendación principal de Montero es “elegir un instalador ‘de confianza’ esto es, un profesional autorizado con certificado de instalador eléctrico y experiencia en instalaciones de autoconsumo, que asegure una instalación bien dimensionada, con materiales de calidad, que evalúe el espacio, considere las sombras y obtenga los permisos de licencia de obra y registro de la instalación”. La experta señala también que es importante verificar “que la empresa instaladora esté habilitada y certificada, utilizando el Registro Integrado Industrial (RII) y los registros autonómicos”.

Etiquetas / ConsumoClaro / Placas solares / Energía eléctrica / Electricidad / Ahorro / Consumo Una experta repasa las claves para instalar placas solares: “El mayor ahorro se da cuando consumes lo que generas” Soledad Montero, experta en energía de la CECU, explica el límite de los excedentes o por qué las placas solares suponen un ahorro pero no un negocio — Un experto explica cómo funciona el programa 'eco' de los electrodomésticos: “Se reduce el consumo hasta un 50%” La empresa instaladora debe ofrecer información sobre las condiciones. B. M. / Unsplash Paloma Martínez Varela 29 de julio de 2026 10:10 h 0 La apuesta por la instalación de placas solares en los hogares tiene como objetivo la transición hacia una energía más ecológica y de autoconsumo.

Pero la realidad técnica y administrativa es que acabar con la imposición de la factura eléctrica no es tan sencillo. “Si sigues conectado al suministro eléctrico, pagas por los mismos conceptos”, asegura Soledad Montero, experta en energía de la Federación de Consumidores y Usuarios (CECU), que aclara que el gasto energético no se elimina por completo. El usuario que cuente con una instalación de placas solares deberá seguir haciendo frente a la potencia contratada y sus peajes, el consumo de energía consumida con sus correspondientes cargos, el margen comercial, el impuesto de electricidad e IVA y el alquiler de contador, si es el caso. “Pero obviamente, si reduces tu consumo, reduces el importe de tu factura. Además, si reduces tu potencia contratada, también”, explica Montero.

Qué ocurre con la energía sobrante Uno de los puntos que más confusión genera es la compensación por la energía que no se consume y se vierte a la red. “El mayor ahorro se produce cuando consumes la energía que generan tus propios paneles”, aclara la experta, es decir, mediante el autoconsumo directo para evitar comprar energía a la comercializadora. “Cuando la energía que no has utilizado se vierte a la red, tienes que hacer un contrato con tu compañía comercializadora. De esta forma, aplicará un descuento en tu factura por esos excedentes, según condiciones del contrato”, explica Montero, que matiza que el valor del descuento “depende de la comercializadora, del tipo de contrato y de las condiciones vigentes”. “El Real Decreto 244/2019 establece que ‘el valor económico de la energía horaria excedentaria en ningún caso podrá ser superior al valor económico de la energía horaria consumida de la red en el periodo de facturación, el cual no podrá ser superior a un mes, es decir, que la compensación por excedentes no está pensada para generar ingresos, sino ahorros”, advierte la experta de la CECU. Una instalación con garantías Antes de la instalación de placas, el consumidor tiene derecho a una transparencia total sobre las condiciones.

La empresa debe informar sobre su identidad legal y facilitar detalles técnicos de las placas, sobre garantía, calidad, rendimiento o potencia, así como el desglose del precio total y los mecanismos de reclamación, destaca la experta en energía. “Las personas usuarias tenemos derecho a tener un asesoramiento adecuado con relación al equipo que necesitamos o el más adecuado según nuestras necesidades”, subraya Montero, que considera este tipo de información “fundamental” para evitar instalaciones sobredimensionadas que encarezcan innecesariamente el proyecto. La recomendación principal de Montero es “elegir un instalador ‘de confianza’ esto es, un profesional autorizado con certificado de instalador eléctrico y experiencia en instalaciones de autoconsumo, que asegure una instalación bien dimensionada, con materiales de calidad, que evalúe el espacio, considere las sombras y obtenga los permisos de licencia de obra y registro de la instalación”. La experta señala también que es importante verificar “que la empresa instaladora esté habilitada y certificada, utilizando el Registro Integrado Industrial (RII) y los registros autonómicos”.

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Publicado por Redacción · miércoles, 29 de julio de 2026

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