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Internacional
jueves, 6 de agosto de 2026

El TS pide a Bruselas el dictamen que vio ilegal prorrogar la concesión de la AP-9

El Tribunal Supremo ha solicitado a la Comisión Europea el dictamen donde considera ilegal la prórroga de la autopista gallega AP-9 para analizar si el Gobierno central debe anularla. Aznar había alar

Redacción⏱️ 5 min💬 0 comentarios

Tribunal Supremo El TS pide a Bruselas el dictamen que vio ilegal prorrogar la concesión de la AP-9 El Alto Tribunal lo tomará «como un elemento más» para decidir sobre la nulidad del acuerdo de Aznar con Audasa Regala esta noticia Añádenos en Google LA AP-9 a su paso por Santiago, en una imagen de archivo. (ABC) ABC Santiago 06/08/2026 a las 17:57h. El Tribunal Supremo ha solicitado a la Comisión Europea el dictamen donde considera ilegal la prórroga de la autopista gallega AP-9 para analizar si el Gobierno central debe anularla. Aznar había alargado hasta 2048 la concesión de la autopista a Audasa sin concurso público. ...

Bruselas consideró que vulneraba las reglas de la UE en materia de contratación pública y de concesión de autopistas. Ahora, el Supremo, en una auto recogido por Ep, explica que la Asociación Empresarial de Transporte de Mercancías por Carretera de Galicia (Apetamcor) interpuso recurso contra el acuerdo del Consejo de Ministros adoptado a finales de 2025 por el que se inadmitió a trámite su solicitud de revisión de oficio de las prórrogas de la concesión. En dicho recurso, la asociación solicitaba una copia del dictamen motivado por la Comisión Europea en el procedimiento de infracción iniciado contra España precisamente por esa prórroga.

Pese a reconocer el Supremo que los dictámenes de la Comisión «no tienen el efecto jurídico directo de anular los actos objeto del procedimiento», considera que «ello no implica que dicho dictamen no sea relevante, pudiendo ser tomado en consideración como un elemento más que sirva para apreciar si existieron infracciones de las normas de la Unión Europea que pueden determinar la nulidad de pleno derecho de las normas revisión de oficio se solicita». Sin embargo, en mayo el Supremo admitió la negativa del Gobierno a facilitar el dictamen con el argumento de que no formaría parte del expediente de revisión propiamente dicho. Ahora sí acepta la vía emplea por la asociación para poder conocer el contenido de dicho documento.

«Ahora bien, la apreciación de si concurren o no las excepciones que determinarían la imposibilidad de remitir dicho documento para incorporarlo a este proceso, corresponde realizarlas a la Comisión Europea y no a este Tribunal, por lo que procede remitir oficio a la Comisión Europea para que valore si procede o no remitir el Dictamen motivado que se solicita como medio de prueba», añade. comentarios Reportar un error Tribunal Supremo El TS pide a Bruselas el dictamen que vio ilegal prorrogar la concesión de la AP-9 El Alto Tribunal lo tomará «como un elemento más» para decidir sobre la nulidad del acuerdo de Aznar con Audasa Regala esta noticia Añádenos en Google LA AP-9 a su paso por Santiago, en una imagen de archivo. (ABC) ABC Santiago 06/08/2026 a las 17:57h. El Tribunal Supremo ha solicitado a la Comisión Europea el dictamen donde considera ilegal la prórroga de la autopista gallega AP-9 para analizar si el Gobierno central debe anularla. Aznar había alargado hasta 2048 la concesión de la autopista a Audasa sin concurso público. ...

Bruselas consideró que vulneraba las reglas de la UE en materia de contratación pública y de concesión de autopistas. Ahora, el Supremo, en una auto recogido por Ep, explica que la Asociación Empresarial de Transporte de Mercancías por Carretera de Galicia (Apetamcor) interpuso recurso contra el acuerdo del Consejo de Ministros adoptado a finales de 2025 por el que se inadmitió a trámite su solicitud de revisión de oficio de las prórrogas de la concesión. En dicho recurso, la asociación solicitaba una copia del dictamen motivado por la Comisión Europea en el procedimiento de infracción iniciado contra España precisamente por esa prórroga.

Pese a reconocer el Supremo que los dictámenes de la Comisión «no tienen el efecto jurídico directo de anular los actos objeto del procedimiento», considera que «ello no implica que dicho dictamen no sea relevante, pudiendo ser tomado en consideración como un elemento más que sirva para apreciar si existieron infracciones de las normas de la Unión Europea que pueden determinar la nulidad de pleno derecho de las normas revisión de oficio se solicita». Sin embargo, en mayo el Supremo admitió la negativa del Gobierno a facilitar el dictamen con el argumento de que no formaría parte del expediente de revisión propiamente dicho. Ahora sí acepta la vía emplea por la asociación para poder conocer el contenido de dicho documento.

«Ahora bien, la apreciación de si concurren o no las excepciones que determinarían la imposibilidad de remitir dicho documento para incorporarlo a este proceso, corresponde realizarlas a la Comisión Europea y no a este Tribunal, por lo que procede remitir oficio a la Comisión Europea para que valore si procede o no remitir el Dictamen motivado que se solicita como medio de prueba», añade. comentarios Reportar un error Los expertos eligen: las 7 cuentas remuneradas sin comisiones con mejor TIN de agosto Javier López Pando Vicente Vallés, convencido de cuál es la mejor zona de España para ir de vacaciones Jorge Rey se adelanta a la Aemet y alerta del tiempo que hará durante el eclipse solar del 12 en agosto en España: «Las Cabañuelas lo avisaban» M. O

Publicado por Redacción · jueves, 6 de agosto de 2026

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