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Internacional
lunes, 27 de julio de 2026

El TSXG rebaja a 50 años de cárcel la pena al condenado por agredir a tres mujeres en un club de Ordes

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado de forma parcial el recurso presentado por la defensa del hombre condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña por agredir sexualment

Redacción⏱️ 5 min💬 0 comentarios

El TSXG rebaja a 50 años de cárcel la pena al condenado por agredir a tres mujeres en un club de Ordes El alto tribunal aprecia un delito continuado en tres de las agresiones a una de las víctimas, pero confirma la condena por trata de seres humanos Regala esta noticia Añádenos en Google El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en una imagen de archivo. (ABC) ABC Santiago 27/07/2026 a las 15:00h. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado de forma parcial el recurso presentado por la defensa del hombre condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña por agredir sexualmente a tres mujeres y someterlas a trata con fines de explotación en un ... club de alterne de Ordes. La Sala de lo Civil y Penal apreció que tres de las agresiones cometidas contra una de las víctimas constituyen un único delito continuado, por lo que la pena total de prisión queda fijada en 50 años.

De este modo, el alto tribunal gallego revoca de manera parcial el fallo de instancia e impone al procesado una condena de 14 años de cárcel por ese delito continuado de agresión sexual. Al mismo tiempo, la resolución mantiene el resto de las penas, medidas de alejamiento y prohibiciones dictadas en la sentencia original de la Audiencia Provincial. La Sala rechazó el resto de los argumentos de la defensa, que solicitaba la absolución con el alegato de una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y la discrepancia con la valoración de las pruebas.

Frente a estas pretensiones, los magistrados concluyen que los testimonios de las tres mujeres resultan «fiables», persistentes en el tiempo y cuentan con suficientes elementos de corroboración periférica para sostener la culpabilidad del procesado. El TSXG confirmó la condena por dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en relación con dos de las víctimas. La resolución descarta así la postura del Ministerio Fiscal, que en la fase de apelación solicitó la absolución por este tipo penal.

La Sala sostiene que la captación a través de ofertas laborales engañosas dirigidas a mujeres en situación de especial vulnerabilidad encaja en el artículo 177 bis del Código Penal, al margen de que la explotación llegara a consumarse o no. Captación mediante falsas ofertas de empleo Los hechos probados recogen que el acusado captaba a mujeres extranjeras en situación administrativa irregular y con graves dificultades económicas bajo la promesa de un empleo en un club de alterne de Ordes. Una vez en el establecimiento, el hombre las presionaba para ejercer la prostitución.

En varios casos, el condenado suministró a las víctimas sustancias mezcladas con bebidas alcohólicas para anular o disminuir su capacidad de decisión y consumar posterior de forma impune las agresiones sexuales. La resolución ratifica las condenas por otros cinco delitos de agresión sexual, los dos de trata y las indemnizaciones fijadas para las tres víctimas por los daños morales y las secuelas psicológicas padecidas. Frente a esta decisión del TSXG cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Temas Condenado La Coruña (Provincia) Galicia comentarios Reportar un error El TSXG rebaja a 50 años de cárcel la pena al condenado por agredir a tres mujeres en un club de Ordes El alto tribunal aprecia un delito continuado en tres de las agresiones a una de las víctimas, pero confirma la condena por trata de seres humanos Regala esta noticia Añádenos en Google El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en una imagen de archivo. (ABC) ABC Santiago 27/07/2026 a las 15:00h. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado de forma parcial el recurso presentado por la defensa del hombre condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña por agredir sexualmente a tres mujeres y someterlas a trata con fines de explotación en un ... club de alterne de Ordes. La Sala de lo Civil y Penal apreció que tres de las agresiones cometidas contra una de las víctimas constituyen un único delito continuado, por lo que la pena total de prisión queda fijada en 50 años.

De este modo, el alto tribunal gallego revoca de manera parcial el fallo de instancia e impone al procesado una condena de 14 años de cárcel por ese delito continuado de agresión sexual. Al mismo tiempo, la resolución mantiene el resto de las penas, medidas de alejamiento y prohibiciones dictadas en la sentencia original de la Audiencia Provincial. La Sala rechazó el resto de los argumentos de la defensa, que solicitaba la absolución con el alegato de una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y la discrepancia con la valoración de las pruebas.

Frente a estas pretensiones, los magistrados concluyen que los testimonios de las tres mujeres resultan «fiables», persistentes en el tiempo y cuentan con suficientes elementos de corroboración periférica para sostener la culpabilidad del procesado. El TSXG confirmó la condena por dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en relación con dos de las víctimas. La resolución descarta así la postura del Ministerio Fiscal, que en la fase de apelación solicitó la absolución por este tipo penal.

La Sala sostiene que la captación a través de ofertas laborales engañosas dirigidas a mujeres en situación de especial vulnerabilidad encaja en el artículo 177 bis del Código Penal, al margen de que la explotación llegara a consumarse o no. Captación mediante falsas ofertas de empleo Los hechos probados recogen que el acusado captaba a mujeres extranjeras en situación administrativa irregular y con graves dificultades económicas bajo la promesa de un empleo en un club de alterne de Ordes. Una vez en el establecimiento, el hombre las presionaba para ejercer la prostitución.

En varios casos, el condenado suministró a las víctimas sustancias mezcladas con bebidas alcohólicas para anular o disminuir su capacidad de decisión y consumar posterior de forma impune las agresiones sexuales. La resolución ratifica las condenas por otros cinco delitos de agresión sexual, los dos de trata y las indemnizaciones fijadas para las tres víctimas por los daños morales y las secuelas psicológicas padecidas. Frente a esta decisión del TSXG cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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Publicado por Redacción · lunes, 27 de julio de 2026

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