Un menor de edad queda en libertad vigilada tras agredir sexualmente a una adolescente
La demanda de reformar la L ey del año 2000 de responsabilidad penal de los menores ha sobrevolado la actualidad de Sevilla en los últimos tiempos, con casos como el del menor juzgado por asesinar a o
Un menor de edad queda en libertad vigilada tras agredir sexualmente a una adolescente La asaltó en su cama de madrugada y cometió los hechos pese a las «repetidas» reclamaciones de la víctima para que se detuviese Regala esta noticia Añádenos en Google Fachada de la Audiencia de Sevilla. (Europa Press) Fernando Barroso Vargas 05/08/2026 a las 07:09h. La demanda de reformar la Ley del año 2000 de responsabilidad penal de los menores ha sobrevolado la actualidad de Sevilla en los últimos tiempos, con casos como el del menor juzgado por asesinar a otro joven de esa misma condición en el ... poblado de Alfonso XIII de Isla Mayor en julio de 2025, saldado con su condena a seis años de internamiento en régimen cerrado; o los nueve años de internamiento en régimen cerrado impuestos al menor autor del asesinato de Jesús Rosado en Palomares del Río la noche de Halloween de 2022. Y es que no son pocas las resoluciones relativas a delitos cometidos por menores, que suscitan reflexiones.
Podría ser el caso quizá de una sentencia que ha confirmado la Audiencia de Sevilla y que impone a un menor de edad autor de una agresión sexual sobre una chica también menor de edad la pena de 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y el sometimiento a talleres y cursos de reeducación, especialmente en el ámbito sexual. No se trata desde luego de un delito de sangre, pero sí comporta la gravedad de un delito sexual cometido sobre una víctima menor de edad. En concreto, la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de la defensa del citado menor de edad, contra la condena inicial dictada por el Juzgado de Menores número dos de la capital andaluza.
Al detalle, el juzgado declaró probado que el mencionado menor de edad pernoctaba la noche del 20 de octubre de 2024 en el domicilio de la víctima, de 16 años entonces; y sobre las 00.30 horas de la madrugada entró en la habitación de la adolescente, donde «con el fin de satisfacer su apetito sexual, se metió en la cama con ella y comenzó a restregar sus órganos genitales contra los glúteos» de la muchacha, que inmediatamente le reclamó que parase. La víctima le pedía que parase Pero a pesar de ello, el mencionado menor «continuó restregándose» y además empezó a realizar tocamientos a la joven en sus órganos sexuales, mientras la víctima le reclamaba «repetidas veces» que detuviese sus actos. «En un momento dado, la menor, a través del móvil, avisó a su hermano para que se acercara a la habitación», prosigue el relato de hechos probados, agregando que ante la llegada del hermano de la adolescente, el inculpado se marchó de la habitación.
Empero, una vez comprobó que el hermano de la víctima hacia abandonado ya el cuarto de esta, el menor de edad autor de los hechos volvió de nuevo al dormitorio tratando de entrar. Newsletter A pesar de que la víctima «había colocado una cama delante de la puerta» para impedir que el inculpado accediese al dormitorio, el mismo logró finalmente desbloquear la puerta y abordó de nuevo a la adolescente, quien se cubrió con una manta protegerse de la nueva agresión. El inculpado, según el relato de hechos probados, logró arrebatar la manta a la víctima, quien finalmente logró ahuyentar a su agresor a base de empujones.
La resistencia de la adolescente, según el relato de hechos probados, motivó que el menor «desistiese» finalmente de su nuevo intento de agresión sexual y se marchase de la habitación. La Audiencia ha avalado el testimonio de la adolescente víctima de la agresión sexual y ha confirmado la condena Aunque la defensa del menor alegó en su recurso que el testimonio de la adolescente incurría en «contradicciones e incoherencias», la Sección Tercera de la Audiencia avisa de que tales incidencias no son «susceptibles de invalidar» la declaración de la víctima, a la que se añade además la corroboración del relato de su hermano mayor. «No se adivina motivo alguno para que la denunciante se invente aquello que denuncia.
Existía una buena amistad personal y familiar con el expedientado, prueba de ello es que dormía en el hogar de la perjudicada y no se ha evidenciado motivo alguno de animadversión que pueda sustentar una falacia», zanja la Audiencia, que desestima así el recurso de apelación de la defensa y confirma la pena impuesta, que se limita a 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y una serie de cursos y talleres de reeducación. Temas Delitos Sexuales Abusos a menores Tribunales Sevilla Justicia comentarios Reportar un error Un menor de edad queda en libertad vigilada tras agredir sexualmente a una adolescente La asaltó en su cama de madrugada y cometió los hechos pese a las «repetidas» reclamaciones de la víctima para que se detuviese Regala esta noticia Añádenos en Google Fachada de la Audiencia de Sevilla. (Europa Press) Fernando Barroso Vargas 05/08/2026 a las 07:09h. La demanda de reformar la Ley del año 2000 de responsabilidad penal de los menores ha sobrevolado la actualidad de Sevilla en los últimos tiempos, con casos como el del menor juzgado por asesinar a otro joven de esa misma condición en el ... poblado de Alfonso XIII de Isla Mayor en julio de 2025, saldado con su condena a seis años de internamiento en régimen cerrado; o los nueve años de internamiento en régimen cerrado impuestos al menor autor del asesinato de Jesús Rosado en Palomares del Río la noche de Halloween de 2022.
Y es que no son pocas las resoluciones relativas a delitos cometidos por menores, que suscitan reflexiones. Podría ser el caso quizá de una sentencia que ha confirmado la Audiencia de Sevilla y que impone a un menor de edad autor de una agresión sexual sobre una chica también menor de edad la pena de 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y el sometimiento a talleres y cursos de reeducación, especialmente en el ámbito sexual. No se trata desde luego de un delito de sangre, pero sí comporta la gravedad de un delito sexual cometido sobre una víctima menor de edad.
En concreto, la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de la defensa del citado menor de edad, contra la condena inicial dictada por el Juzgado de Menores número dos de la capital andaluza. Al detalle, el juzgado declaró probado que el mencionado menor de edad pernoctaba la noche del 20 de octubre de 2024 en el domicilio de la víctima, de 16 años entonces; y sobre las 00.30 horas de la madrugada entró en la habitación de la adolescente, donde «con el fin de satisfacer su apetito sexual, se metió en la cama con ella y comenzó a restregar sus órganos genitales contra los glúteos» de la muchacha, que inmediatamente le reclamó que parase. La víctima le pedía que parase Pero a pesar de ello, el mencionado menor «continuó restregándose» y además empezó a realizar tocamientos a la joven en sus órganos sexuales, mientras la víctima le reclamaba «repetidas veces» que detuviese sus actos.
«En un momento dado, la menor, a través del móvil, avisó a su hermano para que se acercara a la habitación», prosigue el relato de hechos probados, agregando que ante la llegada del hermano de la adolescente, el inculpado se marchó de la habitación. Empero, una vez comprobó que el hermano de la víctima hacia abandonado ya el cuarto de esta, el menor de edad autor de los hechos volvió de nuevo al dormitorio tratando de entrar. Newsletter A pesar de que la víctima «había colocado una cama delante de la puerta» para impedir que el inculpado accediese al dormitorio, el mismo logró finalmente desbloquear la puerta y abordó de nuevo a la adolescente, quien se cubrió con una manta protegerse de la nueva agresión.
El inculpado, según el relato de hechos probados, logró arrebatar la manta a la víctima, quien finalmente logró ahuyentar a su agresor a base de empujones. La resistencia de la adolescente, según el relato de hechos probados, motivó que el menor «desistiese» finalmente de su nuevo intento de agresión sexual y se marchase de la habitación. La Audiencia ha avalado el testimonio de la adolescente víctima de la agresión sexual y ha confirmado la condena Aunque la defensa del menor alegó en su recurso que el testimonio de la adolescente incurría en «contradicciones e incoherencias», la Sección Tercera de la Audiencia avisa de que tales incidencias no son «susceptibles de invalidar» la declaración de la víctima, a la que se añade además la corroboración del relato de su hermano mayor.
«No se adivina motivo alguno para que la denunciante se invente aquello que denuncia. Existía una buena amistad personal y familiar con el expedientado, prueba de ello es que dormía en el hogar de la perjudicada y no se ha evidenciado motivo alguno de animadversión que pueda sustentar una falacia», zanja la Audiencia, que desestima así el recurso de apelación de la defensa y confirma la pena impuesta, que se limita a 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y una serie de cursos y talleres de reeducación. Temas Delitos Sexuales Abusos a menores Tribunales Sevilla Justicia comentarios Reportar un error 4 almohadas cervicales que mantienen la forma después de un año y evitan el dolor de cuello Teresa Rodríguez García Antonio Orozco, sobre sus dos hijos: «Crie a Jan por videollamada, pero con Antonella intento hacer lo contrario»
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